Cómo se aplica · 10

Convocatorias, renuncia, anulación y continuidad

Las convocatorias formalizan resultados finales; no son una sucesión de exámenes. Su número, renuncia y efectos dependen del grado, y solo se consumen cuando se adopta una decisión final de no superación.

Qué establece la Orden Foral

¿Qué reglas afectan al uso de convocatorias y a la continuidad?

Estas ideas delimitan la actuación y permiten saber qué debe hacerse, con qué finalidad y con qué garantías.

Grados A y B

Una convocatoria

Cada bloque o módulo cuenta con una convocatoria, sin perjuicio de la extraordinaria excepcional.

Grados C y E

Dos convocatorias

Cada módulo dispone de dos, más la extraordinaria cuando se hayan agotado y concurra causa justificada.

Grado D

Hasta cuatro

Existe, con carácter general, una convocatoria anual por módulo y un máximo de cuatro en el ciclo.

Situación pendiente

FEOE sin decisión final

La formación en empresa pendiente no consume convocatoria mientras no exista decisión final de evaluación.

Cómo se aplica

Una secuencia operativa

La secuencia se adapta a cada grado y oferta, pero conserva una lógica común que permite actuar y documentar de forma coherente.

  1. 1
    Identificar el grado

    Comprobar el régimen específico de convocatorias, permanencia y formación en empresa.

  2. 2
    Precisar la situación

    Distinguir convocatoria, renuncia, anulación de matrícula, FEP o matrícula excepcional.

  3. 3
    Resolver e informar

    Aplicar el órgano competente, las causas, plazos y efectos y comunicarlos antes de formalizar.

  4. 4
    Registrar el efecto

    Consignar correctamente si existe o no decisión final y si se consume convocatoria u ocasión de FEOE.

Ejemplo práctico

Formación en empresa pendiente

La formación en empresa exigible se aplaza por una causa justificada y resulta necesaria para cerrar la evaluación del módulo.

Cómo se aplica

El módulo queda en situación FEP. Se conservan las evidencias positivas y no se consume convocatoria mientras no se adopte una decisión final. Cuando se complete e integre la formación se formalizará el resultado correspondiente.

Fundamento jurídico

Dónde se regula este contenido

Las referencias corresponden exclusivamente al proyecto de Orden Foral expuesto en Transparencia.

Base normativa
J-01

Fuente jurídica: Proyecto expuesto en TransparenciaProyecto normativo · sin vigencia

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Artículos: 48–51, 78 y 81

Anexos: VII y VIII

El artículo 78 fija el régimen común por grados y la convocatoria extraordinaria. Los artículos 50, 51 y 81 distinguen anulación, renuncia y matrícula excepcional.

Consultar el texto de Transparencia