Reglas conocidas
Deben comunicarse los referentes, criterios, procedimientos, tipos de evidencias, reglas de calificación y recuperación, requisitos con efectos académicos y condiciones de uso de tecnologías o inteligencia artificial.
Proyecto expuesto en TransparenciaProyecto normativo · sin vigencia
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La objetividad no depende de utilizar una única prueba ni de convertir toda decisión en una fórmula. Se garantiza mediante referentes conocidos, evidencias suficientes, criterios aplicados con coherencia, información accesible y una fundamentación que pueda reconstruirse.
Qué establece la Orden Foral
Cuatro ideas permiten delimitar el derecho, su alcance y los límites que preservan la validez de la evaluación.
Deben comunicarse los referentes, criterios, procedimientos, tipos de evidencias, reglas de calificación y recuperación, requisitos con efectos académicos y condiciones de uso de tecnologías o inteligencia artificial.
La comunicación periódica debe permitir conocer avances, dificultades, aprendizajes pendientes, apoyos propuestos e incidencias relevantes, sin reducirse a una sucesión de notas.
Los criterios comunicados deben aplicarse de forma coherente. La intensidad de la motivación aumenta cuando la decisión es excepcional, especialmente gravosa o se adopta tras una revisión.
La persona interesada puede conocer las evidencias, criterios, registros y razones esenciales que hayan servido de fundamento significativo, respetando la confidencialidad y los derechos de terceras personas.
Cómo se aplica
La garantía se integra en el proceso ordinario y se documenta con la intensidad necesaria para poder comprender y revisar la decisión.
Facilitar al inicio información clara, accesible y comprensible mediante las programaciones y los medios ordinarios del centro.
Comunicar durante el aprendizaje la progresión, las barreras detectadas y las actuaciones que pueden favorecer la mejora.
Explicar la decisión final, sus efectos académicos, la situación de convocatorias o formación en empresa y los plazos de revisión.
Permitir la consulta o copia proporcionada de la documentación relevante durante los plazos de revisión y reclamación.
Quién interviene
La participación se adapta a la naturaleza de la garantía, sin diluir la responsabilidad de quien debe decidir o actuar.
Aplica los referentes y criterios, comunica la progresión y fundamenta la calificación ordinaria en las evidencias disponibles.
Hace accesible la información común, comunica las decisiones y organiza el acceso a evidencias y documentos.
Puede conocer, comprender y seguir su proceso, aportar información y solicitar acceso, sin asumir competencias evaluadoras.
Reciben la información correspondiente cuando el alumnado es menor de edad o existe representación legal.
Situación frecuente
Tras comenzar el módulo, el profesorado comprueba que uno de los procedimientos previstos no permite obtener evidencias válidas y considera necesario modificarlo.
La modificación puede realizarse si está justificada, es compatible con la norma y la programación, se comunica antes de que produzca efectos y no se aplica retroactivamente en perjuicio del alumnado. Los referentes y requisitos de superación permanecen.
Fundamento jurídico
Las referencias corresponden exclusivamente al proyecto de Orden Foral expuesto en Transparencia.
Fuente jurídica: Proyecto expuesto en TransparenciaProyecto normativo · sin vigencia
Ver control de versiones →Artículos: 63–65 y 68
Anexos: IX, X y XI
Los artículos 63 y 64 regulan la información inicial, periódica y final; el artículo 65 delimita el acceso a evidencias y documentos; y el artículo 68 vincula objetividad, motivación proporcionada y trazabilidad.