Aplicación homogénea
Ordenar responsabilidades, sesiones, circuitos, documentación y garantías sin sustituir el juicio profesional.

Implantación y recursos · 02
La resolución convertirá el marco normativo en circuitos, criterios técnicos y soportes comunes. Podrá ejecutar la Orden Foral, pero no modificar sus reglas sustantivas ni crear nuevos requisitos o efectos académicos.
Qué comprende
Cuatro claves delimitan la función de este recurso y permiten distinguir lo normativo, lo operativo y lo meramente orientador.
Ordenar responsabilidades, sesiones, circuitos, documentación y garantías sin sustituir el juicio profesional.
La versión de trabajo incluye parte expositiva y resolutiva y un anexo I organizado en dos capítulos y 31 apartados.
Tendrán una función estrictamente operativa y se completarán con documentos y soportes identificados.
Los modelos se mantendrán separados de la resolución para facilitar su utilización y actualización técnica.
Secuencia de implantación
El despliegue avanza por fases y mantiene separadas la preparación, la validación, la publicación y la actualización posterior.
Comprobar objeto, terminología, remisiones, disposiciones finales y anexos frente a la Orden foral pendiente de publicación J-02.
Alinear objeto, terminología, funciones, circuitos y anexos con el texto publicado en el BON.
Dictar la resolución por el órgano competente y hacer accesibles sus anexos y materiales asociados.
Actualizar los componentes técnicos mediante el instrumento adecuado, dejando constancia de cada versión.
Disponibilidad
El estado se refiere al recurso concreto, no a la vigencia general de la Orden Foral ni a la fecha de esta página.
Cerrada provisionalmente para revisión jurídica y operativa.
Se incorporará al portal cuando haya sido formalmente dictada y publicada.
Criterio de publicación
Cada material debe permitir saber si es una explicación del portal, un borrador de trabajo, un documento validado o un instrumento formalmente aprobado.
Cuando exista discrepancia, prevalece siempre la norma vigente y, dentro de su ámbito, el instrumento formalmente aprobado más reciente.
Fundamento jurídico
Las referencias se han contrastado con la Orden foral pendiente de publicación en el BON (J-02).
Fuente de referencia: Orden foral pendiente de publicación en BONPendiente de publicación
Ver control de versiones →Artículos: Disposición adicional tercera; disposición transitoria primera; disposición final primera
La disposición final primera habilita a aprobar criterios, modelos, codificaciones, protocolos y materiales técnicos, pero prohíbe contradecir o ampliar la Orden Foral, crear supuestos sustantivos o alterar derechos y competencias.
Comprobar la fuente y el estado jurídico→
Consultar una copia de la Orden foral (PDF)Documento en castellano→