Transparencia
Consulta pública del proyecto y recepción de aportaciones. El texto expuesto es la fuente jurídica exclusiva del portal.
Proyecto expuesto en TransparenciaProyecto normativo · sin vigencia
2 cambios pendientes · comprobar versión →Implantación y recursos · 01
El calendario distingue el trámite jurídico, la entrada en vigor y el despliegue operativo. Las fechas futuras se muestran como previsiones hasta que exista un acto formal que las confirme.
Qué comprende
Cuatro claves delimitan la función de este recurso y permiten distinguir lo normativo, lo operativo y lo meramente orientador.
Consulta pública del proyecto y recepción de aportaciones. El texto expuesto es la fuente jurídica exclusiva del portal.
Análisis de las aportaciones y preparación del texto que continúe la tramitación.
Remisión para informe en la primera sesión disponible y continuación del procedimiento de aprobación.
La planificación sitúa la publicación en la segunda mitad de octubre. No se considerará confirmada hasta que se produzca.
Secuencia de implantación
El despliegue avanza por fases y mantiene separadas la preparación, la validación, la publicación y la actualización posterior.
Las actuaciones compatibles realizadas antes de la entrada en vigor conservan validez y permiten ordenar la transición.
El proyecto prevé que la Orden Foral entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.
La resolución de implantación concretará los elementos técnicos y operativos que requieran aplicación uniforme.
Formación, modelos, sistemas de información y seguimiento se desplegarán progresivamente durante el curso 2026–2027.
Disponibilidad
El estado se refiere al recurso concreto, no a la vigencia general de la Orden Foral ni a la fecha de esta página.
Puede consultarse y descargarse desde la página de la Orden Foral.
Se actualiza con los hitos confirmados y mantiene separadas las previsiones.
Solo estará disponible cuando finalice la tramitación y se publique en el BON.
Resolución, formación, plantillas y adaptación tecnológica acompañarán la implantación.
Criterio de publicación
Cada material debe permitir saber si es una explicación del portal, un borrador de trabajo, un documento validado o un instrumento formalmente aprobado.
Cuando exista discrepancia, prevalece siempre la norma vigente y, dentro de su ámbito, el instrumento formalmente aprobado más reciente.
Fundamento jurídico
Las referencias corresponden exclusivamente al proyecto de Orden Foral expuesto en Transparencia.
Fuente jurídica: Proyecto expuesto en TransparenciaProyecto normativo · sin vigencia
Ver control de versiones →Artículos: Disposiciones transitorias primera, segunda y tercera; disposición final cuarta
La disposición final cuarta prevé la entrada en vigor al día siguiente de la publicación y la aplicación al curso 2026–2027. Las disposiciones transitorias permiten una implantación progresiva, coordinada y sin perjuicios para el alumnado.